Se promulga el presente reglamento, redactado y aprobado por la Comisión Directiva (CD) del Instituto Peralta Ramos Sporting Club (el Club), de conformidad por lo establecido en el artículo 27 inciso g) del Estatuto Social de la Institución, es para guía y observancia de los socios/as en todas sus categorías.
CAPITULO I
De los socios
Art. 1.- El presente Reglamento Interno será de aplicación a todos los socios/as de la Institución, dentro y fuera de ella, cuando se encuentren desarrollando actividad inherente al Club.-
Art. 2.- Todos los socios deberán velar por el progreso moral y material del Club, guardando orden, decoro y respeto, dentro y fuera de la Institución, participando en las distintas disciplinas deportivas ya sea en competencias amistosas o por competencias oficiales, cuando se esté participando como público simpatizante de nuestros equipos en competencia, y/o cuando se esté representando a la Institución por cualquier motivo.- Todo lo que atente contra ello, ya sean faltas a la moral, al decoro, a la organización de la Institución y a la lealtad deportiva serán consideradas faltas graves.-
Art. 3.- Las instalaciones de nuestra institución - como las de otras instituciones - son para nosotros el logro de grandes esfuerzos y las debemos conservar y mejorar, como así también hacerlas respetar.-
Art. 4.- Le está prohibido consumir bebidas alcohólicas y fumar a socios menores de 18 años, dentro de la Institución o mientras se encuentren representando a la misma. También será considerada una falta el uso indebido de las instalaciones.-
Art. 5.- A todos los socios se les PROHIBE EN FORMA TERMINANTE el consumo de cualquier tipo de DROGAS o FARMACOS ilegales o que no estuvieran controladas por la autoridad médica competente.-
Art. 6.- Todos los jugadores/as, entrenadores y/o responsables de las divisiones del Club, como también los Presidentes de delegaciones, deben ser socios y estar al día con el pago de las cuotas sociales para poder desarrollar su actividad.- Todos los socios deberán presentar el carnet para ingresar a la Villa Marista.-
CAPITULO II
De los jugadores/as
Art. 7.- Será norma establecida en forma obligatoria que los jugadores y jugadoras deberán ingresar al campo de juego a disputar partidos amistosos u oficiales con el equipo con los colores y/o distintivos del Club de manera uniforme, en perfecto estado y limpieza; siendo esta responsabilidad del Capitán de la división, del entrenador y/o encargado de la división, para ello deberán cambiarse en los vestuarios habilitados al efecto, tanto en Villa Marista, como en cualquier otro escenario.-
Art. 8.- El Capitán del equipo (quien representa la autoridad del Club dentro de la cancha) será elegido de la siguiente manera:
8.1) Plantel Superior:
Será elegido por los jugadores/as que por lo menos hubieran jugado un (1) año en los equipos que componen dicho Plantel Superior, deberá ser refrendado su nombramiento por el/los entrenadores y la CD. Podrá ser removido de su cargo por el Capitán General de oficio, o por informe elevado a CD por los entrenadores.
El jugador/a que actúe como Capitán del equipo de Intermedia será designado para cada ocasión por el cuerpo de entrenadores del Plantel Superior.-
8.2) Divisiones Menores:
Los Capitanes de los equipos serán elegidos por los entrenadores y podrán ser removidos por éstos, de oficio por el Capitán General o por informes de los encargados de división elevados al CD.-
8.3) Divisiones Infantiles.
En aquellos casos que hiciera falta nombrar un Capitán del equipo, éste lo será por el entrenador de la división con aprobación del encargado de las divisiones infantiles.-
Todas las designaciones de capitanes deberán tener la aprobación de la C.D. y constar en actas, más allá de los cambios que circunstancialmente ocurran durante cada campeonato o torneo.-
Art. 9.- Cualquier variación en los horarios y días de entrenamiento prefijados al comienzo del año, deberá contar con la aprobación del Capitán General.- Todo partido que se juegue, fuera de los ordenados en los fixtures oficiales, tanto en Villa Marista como en otro club, debe solicitarse la autorización correspondiente al Capitán General.-
Art. 10.- En caso que un jugador/a de la Institución resultara lesionado, y merezca ser trasladado a algún centro asistencial, deberá ser acompañado por el responsable de la división o el entrenador o algún directivo del Club, y si no hubiera ninguno de estos será acompañado por una persona mayor de edad, que bajo su responsabilidad, designará el entrenador; si no se encontrara presente ningún familiar directo del lesionado.- Este jugador/a no podrá volver a realizar actividad deportiva hasta que presente al Club un certificado médico que se lo permita. Salvo indicación en contrario de un familiar directo o del propio jugador, los menores de 15 años serán trasladados al Hospital Materno Infantil y los mayores de dicha edad, al Hospital Interzonal de Agudos.-
Art. 11.- Todo jugador/a que fuera promovido a una división superior, deberá contar previamente con la autorización del Capitán General, si fuere menor de 18 años se deberá contar con la autorización por escrito de su representante legal.-
Art. 12.- Ningún socio podrá dirigirse a la Unión de Rugby de Mar del Plata, a la Asociación Marplatense de Hockey o entidades afiliadas, en representación del Club sin el consentimiento de la Comisión Directiva; de la misma manera no podrán participar en otros equipos en calidad de invitados, ni en los equipos de los llamados "invitación", ni participar en torneos organizados por otros clubes o Uniones sin la correspondiente autorización de la Comisión Directiva.-
Art. 13.- La Comisión Directiva recibirá para su tratamiento las denuncias por actos de indisciplina de cualquier socio que fuera denunciado por Entrenadores, Responsables de División, por cualquier miembro de la Comisión o por otro socio.- El socio denunciado será citado a la C.D. para presentar su descargo, pudiendo derivar al Tribunal de Disciplina del Club el tratamiento de la cuestión.- De acuerdo a la gravedad de la denuncia la C.D. podrá suspender preventivamente al socio denunciado.- Todo el procedimiento deberá ser sumarísimo.-
CAPITULO III
De las giras
Art. 14.- Todas las divisiones tienen la posibilidad de realizar giras deportivas para competir, en representación del Club, en torneos y partidos amistosos organizados por diferentes Instituciones.- A tales efectos debe solicitarse la autorización por escrito, donde se indicará la siguiente información: a) las condiciones de la invitación y en su caso la carta de invitación de la institución anfitriona, lugar de la gira, cantidad de partidos que se van a disputar, equipos a los cuales se enfrentará, fechas de inicio y fin de la gira, medios de transporte, y compañía responsable de la organización; b) designación de los responsables de la organización de la gira, designación del Presidente de la delegación y acompañantes, que en caso de divisiones con menores de 19 años no deberán ser menos de uno cada doce jugadores/as; c) forma en que se proveerán los fondos para afrontar los gastos del viaje; d) autorización de los padres, en caso de menores de 18 años, para realizar el viaje (si el mismo es fuera del país la autorización deberá estar certificada por Escribano).- Para el caso que los torneos en los que se quiera participar sean organizados por entidades NO afiliadas a la U.A.R., a alguna Unión de Rugby del país, a la A.A.H. o a la A.A.H.M. (Ej.: torneos provinciales, municipales, intercolegiales, universitarios etc.) la C.D. evaluará la conveniencia de la participación en forma institucional en dichos eventos, y autorizará o no su participación, comunicándosela a los entrenadores o encargados de cada división.-
Art. 15.- Si existiera cualquier modificación respecto a lo informado para la autorización original, nombres de presidente o acompañantes, lista de jugadores/as o cualquier modificación en las condiciones de la invitación, deberá informarse en forma inmediata y por escrito.-
Art. 16.- En todos los casos, y en un plazo no mayor de quince días concluido el viaje, el Presidente de la delegación deberá elevar a la Comisión Directiva un informe de lo ocurrido en la gira.-
Art. 17.- Los eventos que se organizaren para recaudar fondos para las giras deberán haber sido aprobados por la Comisión Directiva, habiéndose presentado estos en el proyecto original o pudiendo ser motivo de modificaciones o nuevos eventos posteriores; y dado que los mismos se realizarán en nombre de la institución deberán contar con la aprobación correspondiente por la Comisión Directiva.-
Art. 18.- Los mencionados eventos deberán ajustarse a los principios del deporte y la moral, y la observancia de las buenas costumbres, decoro y respeto, como asimismo a las reglamentaciones vigentes, durante el desarrollo los mismos serán responsables los encargados designados, encargado de división, entrenador y capitán.-
Art. 19.- Los recursos obtenidos deberán distribuirse de la siguiente manera: el 10% de la utilidad se destinará a la institución; el 90% restante se incorporará a la cuenta común que afrontará los gastos de la gira, de ese 90% se destinará un 20% a generar un fondo común que ayudará a solventar los gastos de aquellos jugadores/as, que participen de la gira que no hubieran - a pesar de sus esfuerzos - podido reunir suficientes recursos.- La Comisión Directiva, a propuesta de los responsables de la organización de la gira, del entrenador de la división, del responsable de la división y del Capitán, determinará quién o quienes son beneficiarios de dicho fondo.- El 70% restante se incorporará a la cuenta personal del que los obtuvo.- La distribución de los fondos recaudados para la gira se realizará entre los participantes dentro de un marco de solidaridad con equidad.-
Art. 20.- En caso que uno o más miembros de la gira no pudiera viajar, el destino de los recursos obtenidos por el/ellos/as será evaluado por la Comisión Directiva a propuesta de los responsables de la organización de la gira, del entrenador de la división, del responsable de la división y del Capitán.- Se permitirá que algún miembro de la delegación abone el costo del viaje en forma directa, es decir, sin participar de la recaudación de fondos para la gira.- Para el caso que este miembro no pudiera participar de la gira, dicho monto le será devuelto, descontando los gastos realizados en común, el porcentaje que correspondiere al Club u cualquier otra suma justificada que la Comisión Directiva considere que debe ser solventada.-
Art. 21.- Las delegaciones deberán conformarse por:
a) Un presidente que podrá ser o no el encargado de la división.- Dentro de lo posible deberá ser un miembro de la C.D., en su defecto será la persona que a propuesta de la Comisión de Gira sea aprobada por la C.D.-
b) Uno o más entrenadores (que no podrán cumplir la función de Presidente de la delegación o encargado de la división).-
c) Un mayor (divisiones menores de 19) por cada 12 (doce) jugadores/as, independiente del entrenador.-
d) Un mayor (divisiones infantiles) por cada 10 (diez) jugadores/as, independiente del entrenador.-
e) Un médico (solo para giras internacionales o cuando disposiciones de la UAR/AAHC o la Comisión Directiva del Club lo exigieran).-
En los casos de las personas designadas en los puntos a), b) y e) si no pudieran afrontar los gastos de la gira, los mismos se incorporarán al costo general de la misma.-
Art. 22.- Todos los jugadores/as deberán ser autorizados por la Comisión Directiva para realizar la gira, y ello dependerá de la situación institucional de cada uno; en caso de existir jugadores/as de otras instituciones a los cuales se los hubiera invitado, los mismos se regirán por las disposiciones del Club, deberán acatar y atenerse a sus reglas, estarán bajo la responsabilidad de los organizadores en sus diferentes funciones (Presidente, encargado de división, entrenador, capitán) y deberán presentar una autorización de su club, y de sus padres o tutores en caso de ser menor de edad, para poder participar de la gira.-
Art. 23.- En caso que la autorización de la gira fuere revocada o por cualquier motivo la gira autorizada no pudiera realizarse en la fecha y forma estipuladas, los fondos recaudados pasarán al Club, siendo determinado el destino de los mismos por la Comisión Directiva.- En ningún caso esos recursos pertenecen a la división que estuviera organizando la gira, los recursos obtenidos pertenecen al I.P.R. Sporting Club, son recursos institucionales y no personales.-
Art. 24.- Se establecen como giras oficiales del I.P.R: Sporting Club las siguientes: 1) Para las divisiones sexta de Rugby y la séptima de Hockey el viaje a la ciudad de Mendoza a disputar el Torneo Máximo Navessi, mientras el Club sea invitado y este torneo se continúe realizando.- 2) . Para la división 8* de Hockey, el viaje a la ciudad de Tandil, para disputar el Encuentro Nacional de Minihockey, organizado por el Club Independiente de esa Ciudad. - Todo el Club deberá aunar esfuerzos para estas divisiones realicen la gira, para así lograr elevar sus niveles de camaradería, amistad, compañerismo, respeto y competencia que solo las giras deportivas otorgan.-
CAPITULO IV
De las distinciones, agasajos y eventos institucionales.
Art. 25.- Se fija la segunda quincena de noviembre de cada año para llevar a cabo la cena anual del I.P.R. SPORTING CLUB, a la que serán invitados a participar todos los socios, allegados y sus familias.- Serán invitados especiales: los socios honorarios de la institución, los ex-presidentes del I.P.R. Sporting Club, los Hermanos Maristas, el Presidente y los miembros del Consejo de la Unión de Rugby de Mar del Plata, el Presidente y los miembros de la Asociación de Hockey Marplatense, los presidentes de los demás clubes afiliados a estas dos últimas instituciones, y cualquier otra persona que así lo decida la Comisión Directiva.-
Art. 26.- Todos las distinciones y menciones que se otorguen en nombre del Club, durante la Cena Anual, en giras deportivas o en participación de eventos formativos y educativos; que posean o mencionen el nombre del I.P.R. Sporting Cl

